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Constitucionalidad de los Salarios Ca�?dos
25 de Enero 2016 |
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| Constitucionalidad de los Salarios Ca�?dos |
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El pasado 20 de enero de 2016, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Naci�?³n resolvi�?³ la contradicci�?³n de tesis bajo expediente 291/2015 a fin de determinar la constitucionalidad de la reforma al art�?culo 48 de la Ley Federal del Trabajo el cual trata sobre los salarios ca�?dos en caso de despido injustificado de un trabajador.
La resoluci�?³n se emiti�?³ por mayor�?a de tres votos a favor por parte de los Ministros Jos�?© Fernando Franco Gonz�?¡lez, Alberto Gelasio P�?©rez Day�?¡n y Eduardo Medina Mora Icaza, y de dos votos en contra por parte de los Ministros Margarita Beatriz Luna Ramos y Javier Laynez Potisek declarando constitucional la reforma aprobada por el legislativo al art�?culo 48.
En conclusi�?³n la Segunda Sala determin�?³ que el art�?culo cuestionado no vulnera el principio de progresividad consagrado en el art�?culo 1ero constitucional por las siguientes razones:
1. No desconoce derechos humanos de los trabajadores debido a que la acci�?³n por despido injustificado (reinstalaci�?³n o indemnizaci�?³n) contin�?ºa siendo tutelada en la ley laboral.
2. Se sigue previendo el pago de salarios ca�?dos, limitados y regulados bajo un inter�?©s del 2% mensual, capitalizable al momento del pago.
3. Desalienta todo tipo de pr�?¡cticas que tengan por objeto dilatar u obstaculizar sin justificaci�?³n alguna la resoluci�?³n de un juicio laboral, sin demerito de la conservaci�?³n de las fuentes de trabajo
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NOTA IMPORTANTE: NOTA IMPORTANTE: La informaci�?³n aqu�? contenida es de naturaleza general y de car�?¡cter informativo. Por favor considere que lo aqu�? se�?±alado no aborda las circunstancias de ning�?ºn individuo o entidad. Recomendamos no tomar ninguna medida basado en esta informaci�?³n sin la debida asesor�?a profesional de nuestros abogados en base a su situaci�?³n particular. |
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