Reforma al C�?³digo Civil Federal
en Materia de Adopci�?³n
La adopci�?³n es un acto jur�?dico que establece un v�?nculo de parentesco entre dos personas con una relaci�?³n an�?¡loga a la paternidad. La legislaci�?³n mexicana fija diversas condiciones para que la persona efectivamente est�?© en condiciones de adoptar y establece ciertos requisitos como la necesidad de contar con plena capacidad para el ejercicio de los derechos civiles.
Para efecto de ampliar el margen de las personas que pueden adoptar, el pasado lunes 08 de abril la Secretar�?a de Gobernaci�?³n (SG) public�?³ el Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del C�?³digo Civil Federal en materia de Adopci�?³n.
La reforma al Art�?culo 391 se�?±ala que adem�?¡s de los c�?³nyuges, tambi�?©n los concubinos podr�?¡n adoptar cuando los dos est�?©n conformes en considerar al adoptado como hijo, a�?ºn y cuando solo uno de ellos sea mayor de 25 a�?±os, y la diferencia de edad entre los adoptantes y el adoptado deber�?¡ ser de 17 a�?±os cuando menos
As�? mismo, la mencionada reforma deroga la segunda? secci�?³n sobre la â�?�?Adopci�?³n Simpleâ�? del Art�?culo 402 al 410; por lo que los derechos y obligaciones que nacen de esta figura jur�?dica dejan de existir quedando solamente la Adopci�?³n Plena e Internacional como opciones de Adopci�?³n previstos en la Secci�?³n Tercera y Cuarta en los Art�?culos 410 A al 410 F.