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Ley Federal Anticorrupci�?³n en Contrataciones P�?ºblicas
Junio 2012

La Ley Federal Anticorrupci�?³n en Contrataciones P�?ºblicas (LFACP) tiene como objeto establecer las responsabilidades y sanciones administrativas que se deben imponer a las personas f�?­sicas o morales, mexicanas o extranjeras, o sus representantes, que cometan el delito de cohecho en M�?©xico, es decir: sobornos. As�?­ como sancionar a las personas f�?­sicas o morales de nacionalidad mexicana que cometan cohecho en el extranjero

Los servidores p�?�?blicos son sancionados por participar en este tipo de conductas de conformidad con la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores P�?�?blicos (LFRASP).

La sanci�?³n administrativa va m�?¡s all�?¡ del acto de soborno, tambi�?©n castiga: el prometer u ofrecer dinero; participar en procedimientos de contrataci�?³n cuando se est�?¡ inhabilitado (incluyendo cuando se hace a trav�?©s terceras personas); usar su influencia o poder econ�?³mico o pol�?­tico para influir en las decisiones, o presentar documentaci�?³n falsa o alterada para obtener beneficios o ventajas.

Por contrataci�?³n p�?ºblica federal, la LFACP entiende todos los procedimientos que se llevan a cabo conforme a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector P�?ºblico (LAASSP), la Ley de Obras P�?ºblicas y Servicios Relacionados con las Mismas (LOP) y la Ley de Petr�?³leos Mexicanos (LPM).

El principal encargado de investigar, sancionar y aplicar esta ley es la Secretar�?­a de la Funci�?³n P�?ºblica (SFP) en el �?¡mbito de la Administraci�?³n P�?ºblica Federal y las contrataciones p�?ºblicas hechas con recursos federales. Tambi�?©n delega competencia a distintas autoridades federales para que apliquen, en los �?¡mbitos de su competencia, la LFACP.

En lo que respecta a las denuncias, estas se pueden hacer por instituciones p�?ºblicas, por particulares, o por estados extranjeros cuando la contrataci�?³n sea internacional. Tambi�?©n se prev�?© la posibilidad de denuncias an�?³nimas, manteniendo confidencial la identidad de las personas que denuncien infracciones

En un marco de modernizaci�?³n, ahora que los procesos de contrataci�?³n p�?ºblica en nuestro pa�?­s pueden realizarse a trav�?©s de internet (por el sistema CompraNet), as�?­ tambi�?©n se pueden denunciar los hechos que sanciona la LFACP.

Una vez que recibida la denuncia, si las autoridades competentes advierten la posible existencia de infracciones, iniciaran la etapa de investigaci�?³n.

Si de la investigaci�?³n que se realice la autoridad presume la existencia de alguna infracci�?³n, dictara un acuerdo que marcara inicio del procedimiento de sanci�?³n. Una vez notificado dicho acuerdo, el presunto infractor tendr�?¡ un t�?©rmino de quince d�?­as para manifestar lo que a su derecho corresponda, durante el cual podr�?¡ presentar las pruebas que estime convenientes para defenderse.

Una vez ofrecidas y desahogadas las pruebas, el presunto infractor podr�?¡ presentar sus alegatos. Posteriormente se dictara la sanci�?³n que corresponda en un plazo no mayor a cuarenta d�?­as h�?¡biles..

Es supletorio de este procedimiento sancionador, la Ley Federal del Procedimiento Administrativo (LFPA).

En lo relativo a las sanciones estas van:

  1. Trat�?¡ndose de personas f�?­sicas:

-Multa de $62,330.00 (Sesenta y Dos Mil Trescientos Treinta Pesos 00/100 M.N.) hasta $3'116,500.00 pesos1(Tres Millones Ciento Diecis�?©is Mil Quinientos Pesos 00/100 M.N.).

-Inhabilitaci�?³n de 3 meses hasta 8 a�?±os.

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  1. Trat�?¡ndose de personas morales:

-Multa de $62,330.00 (Sesenta y Dos Mil Trescientos Treinta Pesos 00/100 M.N.) hasta $124'660,000.00 pesos (Ciento Veinticuatro Millones Seiscientos Sesenta Mil Pesos00/100 M.N.).

-Inhabilitaci�?³n de 3 meses hasta 10 a�?±os.

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En todo caso la autoridad debe tomar en cuenta: la gravedad de la infracci�?³n cometida; las circunstancias econ�?³micas del infraccionado; su grado de participaci�?³n, y; el monto del beneficio obtenido.

Las facultades de la autoridad para imponer sanciones prescriben en un plazo de diez a�?±os.

La LFACP prev�?©?beneficios a los que confiesen sus infracciones y colaboren con la investigaci�?³n que realice la autoridad.

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III. CONCLUSI�?�?N

La LFACP es una ley orientada a la prevenci�?³n y sanci�?³n de la corrupci�?³n en materia de contrataci�?³n p�?ºblica tanto nacional como internacional. Es un esfuerzo para evitar el derroche de recursos econ�?³micos y hacer la gesti�?³n p�?ºblica m�?¡s eficiente, buscando procesos de contrataci�?³n p�?ºblica m�?¡s justos.

Lo anterior muestra que esta ley en una medida que busca promover y dar seguridad jur�?dica a los inversionistas y a los contribuidores, y que, si es correctamente aplicada por autoridades y ciudadanos, puede generar un gran beneficio econ�?�?mico y social para nuestro pa�s.

1Es importante resaltar que la multa puede ser mayor si el beneficio obtenido as�?­?lo es

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Para informaci�?³n adicional, puede comunicarse con cualquiera de los miembros de nuestro Equipo de Pr�?¡ctica de Corporativo & Negocios.
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M. Alejandro Ripoll Gonz�?¡lez
[email protected]

Diego �?lvarez Ampudia
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Guadalupe Esparza S�?¡nchez
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Andrea Ortiz Flores
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Alejandro Su�?¡rez
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Rafael Amador Espinosa
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Eric Coufal Lea�?±o
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Nuestro Equipo de Pr�?¡ctica Corporativo & Negocios con gusto lo puede apoyar en los siguientes temas:

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