Las Asociaciones P�?ºblico Privadas (APP) son modalidades de inversi�?³n a largo plazo entre particulares y gobierno, estos proyectos consisten en la prestaci�?³n de servicios al sector p�?ºblico o al usuario final, en los que se utilice infraestructura provista total o parcialmente por el sector privado con objetivos que aumenten el bienestar social y los niveles de inversi�?³n en el Pa�?s
El pasado lunes 16 de enero, el Congreso decret�?³ la Ley de Asociaciones P�?ºblico Privadas, la cual tiene por objeto regular los esquemas para el desarrollo de dichos proyectos, reformando, adicionando y derogando diversas disposiciones de la Ley de Obras P�?ºblicas, Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector P�?ºblico, Ley de Expropiaci�?³n, Ley general de Bienes Nacionales y el C�?³digo Federal de Procedimientos Civiles.
Algunos de los objetivos que se pretenden con la aprobaci�?³n de esta ley es lograr un mayor desarrollo econ�?³mico y multiplicar la inversion en infraestructura, lo cual traer�?¡ como consecuencia la estimulaci�?³n del mercado interno del pa�?s as�? como una importante detonaci�?³n de empleos
Las APP permiten al gobierno evitar o diferir el gasto en infraestructura sin renunciar a sus beneficios y ofrecen la posibilidad de lograr una mayor eficiencia en la construcci�?³n de activos de infraestructura y la prestaci�?³n de los servicios conexos reduciendo los costos del Estado cuando brinda dichos servicios. Por lo tanto, esta nueva ley implica un ahorro en las finanzas p�?ºblicas ya que libera las restricciones que imped�?an la mezcla de recursos p�?ºblicos y privados.
Se busca que contribuya a que la Iniciativa Privada invierta recursos en M�?©xico que a la fecha decide invertir en el extranjero, lo cual permitir�?¡ detonar el crecimiento de la econom�?a adem�?¡s de generar empleos.?
Para dar inicio a un proyecto, la Secretar�?a de la Funci�?³n P�?ºblica incluir�?¡ en el sistema electr�?³nico de informaci�?³n p�?ºblica gubernamental (CompraNet) la informaci�?³n relativa a los proyectos de asociaci�?³n p�?ºblico-privada federales y de los proyectos no solicitados que reciban las dependencias y entidades de la Administraci�?³n P�?ºblica Federal. Este sistema ser�?¡ de consulta gratuita y constituir�?¡ un medio por el cual podr�?¡n desarrollarse procedimientos de contrataci�?³n.
Las dependencias y entidades que pretendan el desarrollo de un proyecto de asociaci�?³n p�?ºblico-privada convocar�?¡n a concurso, donde se buscar�?¡ que los proyectos tengan las mejores condiciones en precio, calidad, financiamiento y oportunidad. Las entidades de la Administraci�?³n P�?ºblica Federal dar�?¡n prioridad a los proyectos a desarrollarse mediante esquemas de asociaci�?³n p�?ºblico-privada, que? cumplan con los requisitos de las disposiciones de protecci�?³n ambiental, asentamientos humanos, desarrollo urbano, construcci�?³n, uso de suelo y dem�?¡s que resulten aplicables, en el �?¡mbito federal.
La Ley de Asociaciones P�?ºblico Privadas incentivar�?¡ la atracci�?³n de nuevas tecnolog�?as y propiciar�?¡ una mejor calidad en los proyectos as�? como el avance acelerado en la construcci�?³n de infraestructuras, adem�?¡s de fomentar la libre competencia y competitividad entre los consorcios privados.
Adem�?¡s, la Secretar�?a de Hacienda y Cr�?©dito P�?ºblico tiene la obligaci�?³n de elaborar en una base de datos digital y p�?ºblicar una lista de los proyectos en desarrollo, los montos erogados y pendientes de erogar, el proyecto ejecutivo y el avance de la obra, garantizando de esta manera a transparencia en la utilizaci�?³n de recursos.
Uno de los principales beneficios es el brindar seguridad y certeza jur�?dica a los actores privados y empresas que quieran participar en proyectos de infraestructura complejos que requieren de muy largos per�?odos de maduraci�?³n y desarrollo.