El pasado d�?a 05 de junio de 2014 se public�?³ en el Diario Oficial de la Federaci�?³n el Reglamento de los art�?culos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo referentes al cap�?tulo VIII denominado â�?�?Participaci�?³n de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresasâ�? de los cuales se desprenden las posibles objeciones que los trabajadores pueden formular a la Declaraci�?³n Anual de impuestos presentada por el patr�?³n ante la Secretar�?a de Hacienda y Cr�?©dito P�?ºblico. Dicho reglamento establece los lineamientos y requisitos a seguir, los cuales se explicaran en el presente Bolet�?n.
�?
Objeto
Este Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento relativo a las objeciones de los trabajadores a la declaraci�?³n anual de impuestos presentada por el patr�?³n ante la Secretar�?a de Hacienda y Cr�?©dito P�?ºblico.
�?¿Qui�?©n puede formular las objeciones?
Compete ejercer al sindicato titular del contrato colectivo de trabajo, al de contrato ley en la empresa o a la mayor�?a de los trabajadores de la misma.
As�? mismo, estos sujetos gozan de los siguientes derechos:
-Recibir copia de la declaraci�?³n anual de impuestos presentada por el patr�?³n ante el SAT.
-Revisar los anexos de dicha declaraci�?³n.
-Formular objeciones a la declaraci�?³n anual de impuestos.
A fin de acreditar la personalidad de la mayor�?a de los trabajadores, la Autoridad del Trabajo competente podr�?¡ efectuar inspecciones extraordinarias para constatar el n�?ºmero de trabajadores con los que cuenta el centro de trabajo.
Los trabajadores tendr�?¡n 30 d�?as para realizar objeciones ante el Servicio de Administraci�?³n Tributaria respecto de la Declaraci�?³n Anual.
�?¿Cu�?¡ndo se debe efectuar el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades en beneficio de los trabajadores deber�?¡?efectuarse dentro de los sesenta d�?as naturales siguientes a la fecha en que corresponda pagar el impuesto sobre la renta anual, es decir el 31 de mayo de cada a�?±o.
Cabe recalcar que la acci�?³n de reclamar el pago de utilidades no prescribe, al ser acumulables dichas utilidades en el ejercicio siguiente.
Obligaciones de los patrones
Los patrones deber�?¡n entregar copia de la declaraci�?³n anual de impuestos al representante titular del contrato colectivo de trabajo o a la mayor�?a de los trabajadores con el objeto de informar a los trabajadores la situaci�?³n fiscal que guarda el patr�?³n.
Comisi�?³n Intersecretarial
Dentro del reglamento en cuesti�?³n, se crea la Comisi�?³n Intersecretarial para la Participaci�?³n de Utilidades de los Trabajadores la cual tendr�?¡ entre otras las siguientes funciones:
-Atender las quejas de los trabajadores.
-Se�?±alar las medidas de coordinaci�?³n entre las autoridades fiscales y laborales.
-Aprobar los programas de trabajo de la Comisi�?³n.